Tribunal Supremo y fenomenología de los delitos sexuales
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El Tribunal Supremo confirma la sentencia y desestima el recurso de casación
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a un hombre por delito continuado de abuso sexual a menor de edad, desestimando el recurso de casación presentado por su defensa. La pena incluye doce años de prisión, medidas de alejamiento y libertad vigilada, así como una indemnización a la víctima por daños morales.
La sentencia otorga especial relevancia a la fenomenología de los delitos sexuales, cuya aplicación permite comprender y valorar adecuadamente el testimonio de la víctima, a pesar del tiempo transcurrido desde los hechos hasta su revelación.
Hechos probados
Abusos reiterados en el entorno de confianza
Los hechos probados describen una situación de abuso continuado cometida por el acusado contra una menor durante varios años. La víctima no denunció los hechos hasta tiempo después, cuando inició un proceso terapéutico. Su testimonio fue calificado como verosímil, coherente y persistente, y fue respaldado por declaraciones del entorno familiar y por informes periciales psicológicos.
El retraso en la denuncia fue uno de los elementos cuestionados por la defensa, pero el tribunal consideró que este comportamiento es compatible con la fenomenología de los delitos sexuales, que explica las dificultades que enfrentan muchas víctimas, especialmente menores, para verbalizar y denunciar lo ocurrido.
Aplicación de la fenomenología de los delitos sexuales
Testimonio tardío, pero creíble
La sentencia del Tribunal Supremo pone de relieve la importancia de valorar los hechos desde la fenomenología de los delitos sexuales, rama de conocimiento que estudia los patrones de conducta de las víctimas y los efectos emocionales, sociales y psicológicos de los abusos.
En este caso, el Tribunal reconoce que la víctima pudo haber tardado en comprender el carácter abusivo de lo sucedido, o haber estado condicionada por sentimientos de miedo, vergüenza o culpa, lo cual explica la demora en la denuncia. Estas explicaciones fueron además respaldadas por los informes clínicos y por la intervención terapéutica realizada con la menor, que detectó síntomas compatibles con estrés postraumático.
Valoración conjunta de la prueba
Credibilidad sin fisuras
El Tribunal Supremo afirma que los órganos judiciales de instancia y apelación valoraron de forma conjunta y racional toda la prueba practicada. Se analizaron:
El relato de la menor, considerado libre de contradicciones relevantes.
Las declaraciones de familiares y personas cercanas.
Los informes periciales, que no detectaron signos de fabulación ni patologías que comprometan su capacidad de testificar.
La fenomenología de los delitos sexuales se aplicó como herramienta interpretativa para contextualizar adecuadamente el comportamiento de la víctima y reforzar la solidez de su testimonio.
Fallo del Tribunal Supremo
Condena firme e imposición de costas
El Alto Tribunal concluye que no se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia, y que la sentencia impugnada está suficientemente motivada. Asimismo, rechaza la aplicación de una ley penal posterior más favorable, al coincidir las penas máximas previstas en ambas legislaciones.
El recurso de casación fue desestimado en su totalidad y se impusieron las costas al recurrente. La resolución refuerza la línea jurisprudencial que reconoce el valor probatorio de los testimonios sostenidos y racionales de las víctimas, especialmente cuando se analizan conforme a la fenomenología de los delitos sexuales.